
El Supremo desdice a la Audiencia Nacional: Las elecciones sindicales no son tiempo de trabajo
Fuente: CONFILEGAL.-
El Tribunal Supremo ha determinado que el tiempo destinado a formar parte de las mesas de las elecciones sindicales pueda ser considerado tiempo de trabajo. Ello, sin perjuicio de que ese tiempo sea retribuido, de «modo análogo» al derecho a ausentarse del trabajo para ejercer el derecho del sufragio activo en las elecciones. Una decisión con la que el alto tribunal anula lo determinado por la Audiencia Nacional.

