
Nulidad de las tablas salariales del convenio colectivo de empresa de seguridad
Fuente: CENDOJ.-
Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Social), nº 1281/2025, de 18 de diciembre de 2025, Rec. 158/2024. Régimen transitorio de la reforma laboral: adaptación salarial obligatoria al convenio sectorial.
El Tribunal Supremo estima el recurso de la Federación de UGT y declara nulas las tablas salariales del convenio de empresa de la empresa por no haberse adaptado a las del convenio estatal de seguridad privada vigente. La Sala interpreta que, conforme a la disposición transitoria sexta del RDL 32/2021, la supresión de la prioridad aplicativa del convenio de empresa en materia salarial obliga a que, durante la vigencia de convenios suscritos antes de la reforma, sus salarios se ajusten a los del convenio sectorial salvo pacto expreso en contrario.
Documento en CENDOJ con ref. ECLI:ES:TS:2025:6035
