
Refuerzo de las medidas de seguridad y protección antiterrorista durante la Semana Santa
Fuente: Red Azul.-
La Secretaría de Estado de Seguridad ha establecido el reforzamiento de las medidas de prevención, protección y respuesta antiterrorista que se mantendrá en todo el territorio nacional entre las 15:00 horas del 27 de marzo y las 15:00 horas del 7 de abril de 2026.
Las Semana Santa es un periodo caracterizado por numerosos actos y celebraciones relacionados con dicha festividad, así como desplazamiento por todo el territorio nacional. Por ese motivo la Secretaría de Estado de Seguridad, tras la sesión de la Mesa de Evaluación de la amenaza celebrada el pasado 20 de marzo, hacen preciso mantener las medidas de seguridad y protección vigente Nivel 4 de Activación del Plan de Prevención, Protección y Respuesta Antiterrorista, sino incluso proceder a un reforzamiento de especial intensidad de las mimas.
Se hace un llamamiento a las empresas de seguridad, departamentos de seguridad, personal de seguridad privada y resto de operadores del sector, encareciendo la necesidad de intensificar dispositivos y servicios de seguridad sobre grandes centros, infraestructuras e intercambiadores de transportes, instalaciones y medios de transporte aéreo, terrestre y marítimo, especialmente aquellos que han de soportar una mayor afluencia de ciudadanos y de tráfico.
En resumen, todos aquellos lugares o edificios en los que se prevea la existencia de especiales concentraciones de ciudadanos y que, por ello, puedan ser considerados como potenciales objetivos.
Medidas de especial intensificación operativa:
1. Reforzamiento de los dispositivos operativos y las medidas preventivas y de vigilancia y de respuesta antiterrorista, en todos aquellos lugares en los que pueda tener lugar una alta presencia o tránsito de personas, tales como:
a. Las zonas, plazas, paseos y grandes vías comerciales, dada la importante afluencia de ciudadanos que en estas fechas pueden producirse en las mismas.
b. Los acontecimientos religiosos, de ocio, deportivos o cualesquiera otros con gran afluencia de personas.
c. Los edificios, centros o instalaciones emblemáticas con gran presencia de visitantes, o que puedan ser identificados como de especial interés por los elementos terroristas para sus acciones.
d. Y, en general, todos aquellos lugares o edificios en los que se prevea la existencia de especiales concentraciones de ciudadanos y que, por ello, puedan ser considerados como potenciales objetivos de sus acciones por los citados elementos terroristas.
2. Intensificación de las medidas previstas en el Plan de Prevención, Protección y Respuesta Antiterrorista sobre grandes centros, infraestructuras e intercambiadores de transportes, lo que necesariamente ha de comprender instalaciones y medios de transporte aéreo, terrestre y marítimo, especialmente aquellos que han de soportar una mayor afluencia de ciudadanos y de tráfico.
3. Se extremarán las medidas y recomendaciones de seguridad y autoprotección ante posibles ataques terroristas, que están contempladas en la Instrucción 6/2017, de 27 de diciembre, de la Secretaría de Estado de Seguridad.
Ante cualquier incidente recordamos las principales vías de comunicación:
1. CIMACC 091 (Policía Nacional). Tratamiento de servicios de urgencia, a través del teléfono 091.
2. Sala Operativa Titán 0 (Policía Nacional). Tratamiento de informaciones procedentes del personal de seguridad privada, a través del teléfono 900350125.
