
La Audiencia Nacional legitima el ajuste de horas por baja médica en jubilaciones parciales con jornada concentrada
Fuente: CENDOJ.-
La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia clave que avala la legalidad de las cláusulas que obligan a los jubilados parciales a recuperar las horas no trabajadas debido a una incapacidad temporal. El fallo se centra en el modelo de «jornada concentrada», donde el empleado cumple todo su horario anual en apenas unos meses.
El tribunal sostiene que este sistema no es discriminatorio, ya que el cómputo de la jornada debe analizarse desde una perspectiva anual y no diaria. Según el fallo, si un trabajador cae en baja médica durante su periodo de actividad concentrada, se produce un desequilibrio en el cómputo total de horas que la empresa tiene derecho a regularizar.
La resolución subraya que, al existir un pacto expreso entre las partes, la recuperación de dicho tiempo es conforme a derecho. De esta forma, la justicia prioriza la equivalencia contable de la jornada anual sobre la situación de exoneración de trabajo efectiva, permitiendo que las empresas ajusten el calendario laboral para garantizar que se cumpla el porcentaje de jornada pactado en el contrato de relevo.
VER SENTENCIA: ECLI:ES:AN:2026:1268
