
Despido procedente por sistema de automatización en su empresa
Fuente: CENDOJ.-
Respaldo Judicial a la Transformación Digital y la Eficiencia Empresarial: El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha emitido un fallo significativo (Sentencia 1217/2025) que sienta un precedente crucial para la modernización del tejido empresarial. La sentencia desestima el recurso de una ex-empleada y confirma la procedencia de un despido objetivo motivado por la automatización de sus funciones, validando así la capacidad de las empresas para adaptarse a la era digital y optimizar sus estructuras.
La Digitalización como Causa Objetiva
El caso involucra a Somo S.A., propietaria del Hotel Ramiro 1, que despidió en octubre de 2023 a Begoña, quien había sido jefa de administración desde 2016. La empresa justificó el despido alegando que la implementación de un software de automatización había dejado su puesto «vacío de contenido».
Las funciones principales de la trabajadora consistían en tareas administrativas intensivas y manuales, como:
- Exportación de ficheros de facturas y cobros.
- Conciliación bancaria manual.
- Revisión y contabilización manual de pagos y comisiones.
La compañía demostró que el nuevo software absorbía estas tareas, haciendo innecesario el puesto. Al no poder reubicar a la empleada en otro puesto equivalente, procedió al despido objetivo con su correspondiente indemnización de 16.937 euros.
Victoria Legal para la Flexibilidad Empresarial
Tanto el Juzgado de lo Social n.º 4 de Oviedo como, posteriormente, el TSJA, han respaldado la tesis de la empresa. Los tribunales consideran que la implantación de nuevas tecnologías que redunden en la eficiencia y la competitividad de la compañía es una causa legítima para la extinción de la relación laboral, siempre que se cumplan los requisitos formales (como la indemnización y la acreditación de la automatización).
El TSJA desestimó la alegación de la trabajadora sobre otras funciones, como ser «controller de grupo», confirmando que la pérdida de la mayor parte del contenido esencial del puesto es razón suficiente.
Este fallo del TSJA es una señal positiva para las patronales, ya que valida la capacidad de las empresas para optimizar costes y ganar eficiencia mediante la tecnología, asegurando que la búsqueda de la productividad y la transformación digital tiene pleno amparo legal.

