
El Supremo ratifica la condena a ArcelorMittal: 120.000 euros por boicotear una huelga
Fuente CENDOJ.-
El Tribunal Supremo ha confirmado de manera definitiva que ArcelorMittal España vulneró el derecho fundamental de huelga del sindicato CCOO durante los paros convocados en abril de 2023 en sus plantas de Asturias. La multinacional siderúrgica deberá abonar una indemnización de 120.000 euros al sindicato por daños morales.
¿Qué ocurrió exactamente? La justicia ha determinado que la empresa impuso unos servicios de mantenimiento y seguridad abusivos y desproporcionados. Bajo la excusa de la seguridad, la compañía obligó a trabajar a tal cantidad de personal que la producción se mantuvo casi al 100%, dejando la huelga sin efecto real.
Los puntos clave de la sentencia:
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Servicios encubiertos: El tribunal considera que ArcelorMittal utilizó los servicios de seguridad para mantener la producción activa de forma encubierta, algo ilegal según la Constitución (artículo 28.2).
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Falta de negociación: La empresa impuso estas medidas de forma unilateral, sin una negociación real y basándose en acuerdos antiguos (de 2005) que ya no estaban vigentes.
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Reincidencia: Es un factor importante en la cuantía de la multa. La compañía ya había sido condenada en 2020 por hechos similares, lo que refuerza la gravedad de la sanción.
Esta sentencia marca un límite claro para la gran industria: no se pueden usar los servicios mínimos o de seguridad como «puerta trasera» para desactivar una huelga legítima. Además de la indemnización, ArcelorMittal deberá pagar 1.500 euros en costas judiciales.
VER SENTENCIA EN EL CENDOJ:
ECLI:ES:TS:2025:4772
