
Despido procedente por sistema de automatización en su empresa
Fuente: CENDOJ.-
Respaldo Judicial a la Transformación Digital y la Eficiencia Empresarial: El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha emitido un fallo significativo (Sentencia 1217/2025) que sienta un precedente crucial para la modernización del tejido empresarial. La sentencia desestima el recurso de una ex-empleada y confirma la procedencia de un despido objetivo motivado por la automatización de sus funciones, validando así la capacidad de las empresas para adaptarse a la era digital y optimizar sus estructuras.
La Digitalización como Causa Objetiva
El caso involucra a Somo S.A., propietaria del Hotel Ramiro 1, que despidió en octubre de 2023 a Begoña, quien había sido jefa de administración desde 2016. La empresa justificó el despido alegando que la implementación de un software de automatización había dejado su puesto «vacío de contenido».
Las funciones principales de la trabajadora consistían en tareas administrativas intensivas y manuales, como:
- Exportación de ficheros de facturas y cobros.
- Conciliación bancaria manual.
- Revisión y contabilización manual de pagos y comisiones.
La compañía demostró que el nuevo software absorbía estas tareas, haciendo innecesario el puesto. Al no poder reubicar a la empleada en otro puesto equivalente, procedió al despido objetivo con su correspondiente indemnización de 16.937 euros.
Victoria Legal para la Flexibilidad Empresarial
Tanto el Juzgado de lo Social n.º 4 de Oviedo como, posteriormente, el TSJA, han respaldado la tesis de la empresa. Los tribunales consideran que la implantación de nuevas tecnologías que redunden en la eficiencia y la competitividad de la compañía es una causa legítima para la extinción de la relación laboral, siempre que se cumplan los requisitos formales (como la indemnización y la acreditación de la automatización).
El TSJA desestimó la alegación de la trabajadora sobre otras funciones, como ser «controller de grupo», confirmando que la pérdida de la mayor parte del contenido esencial del puesto es razón suficiente.
Este fallo del TSJA es una señal positiva para las patronales, ya que valida la capacidad de las empresas para optimizar costes y ganar eficiencia mediante la tecnología, asegurando que la búsqueda de la productividad y la transformación digital tiene pleno amparo legal.
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La Audiencia Nacional anula por discriminatoria la decisión de Michelin de descontar los días de baja médica para el cobro de una prima
Fuente: CENDOJ.-
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia en la que declara nulo, por constituir una discriminación por razón de enfermedad, el requisito impuesto por Michelin España y Portugal S.A. que excluía los periodos de incapacidad temporal (IT) del cómputo de días trabajados necesarios para cobrar una prima excepcional de 2023.La resolución, fechada el 20 de octubre de 2025, estima parcialmente la demanda de conflicto colectivo presentada por los sindicatos LAB, CGT, ESK y ELA, a la que se adhirieron posteriormente UGT, CCOO, CSI-F y otros.
El origen del conflicto: la «prima excepcional»
En diciembre de 2023, la dirección del Grupo Michelin decidió abonar una prima excepcional de 850 euros brutos al «personal horario» (trabajadores de taller y producción) para reconocer su esfuerzo y adaptación ante la volatilidad de los mercados durante ese año.
Sin embargo, la empresa estableció unas condiciones estrictas para su percepción:
- Haber prestado servicios efectivos más de 250 días entre enero y noviembre de 2023.
- Estar de alta o en excedencia por cuidado de hijos a fecha de 30 de noviembre de 2023.
La cláusula polémica: La empresa estableció explícitamente que «no se contemplan como tiempo de prestación de servicios efectivos […] los periodos en IT, las excedencias y las licencias sin sueldo».
Discriminación por razón de enfermedad
El tribunal ha fallado en contra de Michelin al considerar que excluir los días de baja médica para alcanzar el mínimo de 250 días supone una vulneración de la Ley 15/2022, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
La sentencia argumenta que la finalidad de la prima era premiar la «calidad del trabajo» y la «adaptación de jornadas» (activación y desactivación de turnos según la demanda). La Sala razona que los trabajadores que estuvieron de baja médica durante una parte del año también sufrieron esa adaptación mientras estuvieron activos, por lo que penalizar su ausencia justificada por enfermedad constituye una discriminación directa.
Asimismo, el tribunal declara discriminatorio que se exija estar de alta el 30 de noviembre de 2023 a aquellos trabajadores que, en esa fecha, se encontrasen de baja por incapacidad temporal, ya que se les estaría negando el abono por motivos de salud.
Aval a la diferencia entre taller y oficinas
Por otro lado, la sentencia desestima la pretensión de los sindicatos de extender esta prima al personal de oficinas («personal mensual»). La Audiencia Nacional considera justificado que la prima se dirija solo al personal de taller, ya que se trata de dos colectivos con condiciones laborales y retributivas distintas.
El fallo detalla que el personal de taller trabaja a turnos con calendarios variables, mientras que el de oficinas tiene un horario más estable. Además, el personal de oficinas percibe dos bonus (bonus grupo y bonus equipo), mientras que el de taller solo percibe uno, lo que justifica la diferencia de trato en este pago excepcional.

El lujo blindado: así operan las empresas que garantizan la seguridad de los viajeros VIP
Fuente: Escudo Digital.-
La aviación privada no para de crecer. Según datos de Eurocontrol, los vuelos de aviación ejecutiva representaron un 7% del total del tráfico aéreo europeo en 2024, una cifra superior a los niveles prepandemia. Por su parte, WingX señala que el número de vuelos privados en Europa creció un 8% interanual en el primer semestre de 2025, con especial dinamismo en países como España, Francia e Italia.
Asimismo, la población global de millonarios alcanzó los 60 millones de adultos en 2025, con Estados Unidos, China y Francia como principales países, los cuales representan más de la mitad del total.
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